Reunión entre los presidentes de los órganos de control externo de Andalucía y Cataluña para fiscalizar a los partidos políticos

Reunión entre los presidentes de los órganos de control externo de Andalucía y Cataluña para fiscalizar a los partidos políticos

 Los presidentes de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Antonio M. López, y de la Sindicatura de Cuenta de Cataluña, Jaume Amat, han mantenido esta mañana una reunión en la que se ha abordado, de manera muy extensa, el tema de la fiscalización de los partidos políticos.

 Antonio López se ha interesado por la experiencia del órgano de control catalán en este asunto, ya que la fiscalización de los partidos políticos es un tema que está en proceso de regulación en la comunidad andaluza. Esta nueva normativa supondría una ampliación de funciones de la institución de control, puesto que la ley de la Cámara de Cuentas de Andalucía prevé, únicamente, la fiscalización de los gastos electorales de las elecciones al Parlamento de Andalucía.

 La Sindicatura de Cuentas de Cataluña es, en la actualidad, el único órgano de control externo autonómico competente para realizar este tipo de fiscalizaciones.  Su ley regula la fiscalización de los procesos electorales cuyo ámbito se circunscribe a Cataluña, así como de la contabilidad y de la actividad económica y financiera de los partidos políticos, las federaciones y las agrupaciones de electores. La norma atribuye también a la Sindicatura competencias para fiscalizar las asociaciones y fundaciones sometidas al protectorado de la Generalitat y vinculadas orgánicamente a partidos políticos con representación en el Parlamento.

 En relación con el control de los partidos, la ley establece que las formaciones políticas y sus asociaciones y fundaciones deben presentar su contabilidad a la Sindicatura de Cuentas Catalana dentro de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. El Programa anual de actividades de esta institución para el año 2014, incluye la realización de dos informes del ámbito político, uno sobre el cumplimiento de la rendición de cuentas por los partidos y sus fundaciones, y un segundo informe de fiscalización sobre los gastos de personal de los partidos políticos con representación parlamentaria.

 Otras competencias que se están estudiando en la nueva regulación de la Cámara de Cuentas de Andalucía son la posibilidad de que Ley contenga la imposición de multas coercitivas a los responsables públicos que no rindan cuentas, y la obligación de que los entes fiscalizados remitan informes sobre la implantación de las recomendaciones que haya formulado la Cámara de Cuentas.

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