La Cámara de Cuentas de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral de Andalucía (LEA), y en el ejercicio de su función fiscalizadora, habrá de pronunciarse sobre la regularidad de las contabilidades electorales presentadas por las formaciones políticas que concurran a las elecciones al Parlamento de Andalucía de 2 de diciembre de 2018, y propondrá las actuaciones y las medidas correctoras correspondientes por el incumplimiento de la normativa electoral.
Para ello, con carácter previo, el Pleno de la Institución ha aprobado la instrucción que determina los criterios técnicos a seguir en la fiscalización de la contabilidad relativa a las elecciones, así como el alcance y los requisitos de la documentación contable y justificativa que han de remitirle las siguientes formaciones políticas.
-Los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores que hayan alcanzado los requisitos exigidos para recibir subvenciones de la Comunidad Autónoma, como consecuencia de los resultados electorales obtenidos.
-Los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores que hayan solicitado un adelanto de subvenciones como consecuencia de haberlas obtenido en similar proceso electoral anterior.
La contabilidad electoral, detallada y documentada de sus respectivos ingresos y gastos electorales, habrá de presentarse en soporte informático a la Cámara de Cuentas entre los 100 y 125 días posteriores a la celebración de las elecciones, por lo que el plazo de rendición abarcará el periodo comprendido entre el 12 de marzo de 2019 y el 6 de abril de 2019. La Cámara de Cuentas en los 200 días posteriores a las elecciones, que para este proceso finaliza el 20 de junio de 2019, habrá de pronunciarse sobre la regularidad de las contabilidades electorales, pudiendo proponer la no adjudicación o reducción de la subvención a percibir.
La instrucción completa se encuentra en la página web de la Cámara de Cuentas www.ccuentas.es