La Cámara de Cuentas pone en marcha su sistema interno de información

La Cámara de Cuentas ha puesto en marcha su sistema de información interno cuya finalidad es la de proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma. Legalmente se establece la obligación de contar con este sistema a todos los órganos constitucionales y de relevancia constitucional, así como aquéllos mencionados en los Estatutos de Autonomía.

La resolución establece que podrán ser personas informantes aquéllas que obtuvieron la información sobre las infracciones en un contexto laboral o profesional en el ámbito de la Cámara de Cuentas de Andalucía. Estas personas podrán informar sobre cualquier acciones u omisiones relacionadas con el funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, que puedan ser constitutivas de las infracciones que se indican en el artículo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

El Responsable del Sistema desarrolla sus funciones de forma independiente y autónoma respecto al resto de los órganos de la Institución. Las informaciones y comunicaciones sobre las infracciones comprendidas dentro del ámbito material de aplicación de la Ley 2/2023, podrán recibirse tanto por escrito como verbalmente.

El Responsable del Sistema interno de información realizará el análisis de competencia, veracidad de la información y suficiencia de las pruebas presentadas. Esto garantiza la misma confidencialidad establecida para la recepción de la información. Se deberá informar a la persona informante sobre el resultado de las acciones realizadas, siempre que se disponga de un medio de comunicación al respecto. El plazo máximo para dar respuesta es de tres meses a contar desde la recepción de la comunicación.

Los canales de información «externos», contemplados con el fin de ofrecer a los ciudadanos una comunicación con una autoridad pública especializada, se atribuyen a la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción.

Acceso resolución: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/121/BOJA23-121-00007-10874-01_00285897.pdf