El pleno de la Cámara de Cuentas ha aprobado la norma que regula el teletrabajo como una nueva forma de organización de la labor que lleva a cabo el personal de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a través del uso de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
La disposición, que se ha negociado con los sindicatos, se estructura en cuatro capítulos y se compone de 27 artículos, dos disposiciones adicionales, dos disposiciones finales y cinco Anexos.
Esta modalidad de organización del trabajo se hará con carácter general, a tiempo parcial, con carácter voluntario y reversible, y no supondrá modificación alguna en materia de percepciones, cotizaciones sociales, carrera profesional, representación colectiva ni cualquier otro derecho salvo aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación del servicio de forma presencial.
La norma aprobada “se dicta de acuerdo con el principio de proporcionalidad, no supone restricción de derecho alguno y las obligaciones que impone a sus destinatarios son las indispensables para garantizar un procedimiento reglado y ordenado en la prestación de servicios en régimen de teletrabajo”.
Entre las ventajas de esta modalidad de trabajo, la mayor flexibilidad en la gestión de los tiempos de trabajo y los descansos; conciliación de la vida laboral, personal y familiar; reducción de costes en las oficinas y ahorro de costes en los desplazamientos; productividad y racionalización de horarios. La norma tiene en cuenta los posibles inconvenientes de esta forma de trabajo como pueden ser la protección de datos; brechas de seguridad; tecnoestrés; horario continuo, fatiga informática, conectividad digital permanente; mayor aislamiento laboral o una posible pérdida de la identidad corporativa.
Se pretende conseguir un equilibrio entre el trabajo presencial y el teletrabajo, de manera que se puedan aprovechar las ventajas que éste último reporta al empleado y a la Institución, evitando o minimizando con una adecuada regulación los posibles inconvenientes que aquél pueda conllevar.