El pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía aprueba la norma por la que se regula el teletrabajo del personal de la Institución

El pleno de la Cámara de Cuentas ha aprobado la norma que regula el teletrabajo como una nueva forma de organización de la labor que lleva a cabo el personal de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a través del uso de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan.

La disposición, que se ha negociado con los sindicatos, se estructura en cuatro capítulos y se compone de 27 artículos, dos disposiciones adicionales, dos disposiciones finales y cinco Anexos.

Esta modalidad de organización del trabajo se hará con carácter general, a tiempo parcial, con carácter voluntario y reversible, y no supondrá modificación alguna en materia de percepciones, cotizaciones sociales, carrera profesional, representación colectiva ni cualquier otro derecho salvo aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación del servicio de forma presencial.

La norma aprobada “se dicta de acuerdo con el principio de proporcionalidad, no supone restricción de derecho alguno y las obligaciones que impone a sus destinatarios son las indispensables para garantizar un procedimiento reglado y ordenado en la prestación de servicios en régimen de teletrabajo”.

Entre las ventajas de esta modalidad de trabajo, la mayor flexibilidad en la gestión de los tiempos de trabajo y los descansos; conciliación de la vida laboral, personal y familiar; reducción de costes en las oficinas y ahorro de costes en los desplazamientos; productividad y racionalización de horarios. La norma tiene en cuenta los posibles inconvenientes de esta forma de trabajo como pueden ser la protección de datos; brechas de seguridad; tecnoestrés; horario continuo, fatiga informática, conectividad digital permanente; mayor aislamiento laboral o una posible pérdida de la identidad corporativa.

Se pretende conseguir un equilibrio entre el trabajo presencial y el teletrabajo, de manera que se puedan aprovechar las ventajas que éste último reporta al empleado y a la Institución, evitando o minimizando con una adecuada regulación los posibles inconvenientes que aquél pueda conllevar.