El Pleno del Consejo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid aprueba el Informe de Fiscalización del cumplimiento de las estipulaciones de los contratos de concesión de obra pública en las empresas creadas por la Ley 4/2006, de 22 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid, en su artículo 12, en el periodo 2007-2009

El Pleno del Consejo de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid aprueba el Informe de Fiscalización del cumplimiento de las estipulaciones de los contratos de concesión de obra pública en las empresas creadas por la Ley 4/2006, de 22 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid, en su artículo 12, en el periodo 2007-2009

La Cámara de Cuentas aprobó en su reunión del 24 de septiembre el Informe de Fiscalización del cumplimiento de las estipulaciones de los contratos de concesión de obra pública en las empresas creadas por la Ley 4/2006, de 22 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad de Madrid, en su artículo 12, correspondiente al  periodo 2007-2009.

La Cámara de Cuentas ejerce el control económico y presupuestario del Sector Público de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio del que corresponda al Tribunal de Cuentas, según se recoge en la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. Esta fiscalización se incluyó en el Programa del 2012 a iniciativa de la Cámara de Cuentas.

Los objetivos que perseguía la fiscalización, cuyos resultados se reflejan en el presente Informe, fueron: comprobar el ejercicio de los derechos, prerrogativas y obligaciones de la Administración contenidas en los contratos de concesión; verificar las actuaciones llevadas a cabo por la Unidad Técnica de Control en relación con el cumplimiento de las obligaciones de las Sociedades concesionarias que contienen los Pliegos de Prescripciones Técnicas para la explotación de la obra pública de los contratos de concesión; comprobar si los resultados de las inspecciones de la Administración dieron lugar a modificaciones en la retribución variable a las Sociedades concesionarias; y verificar el registro contable de los importes abonados a las sociedades concesionarias en concepto de explotación de la obra.