La Audiencia de Cuentas de Canarias asesora a las corporaciones locales en la gestión de los fondos públicos.

La Audiencia de Cuentas de Canarias asesora a las corporaciones locales en la gestión de los fondos públicos.

El órgano de control externo autonómico recibe consultas en materia de presupuestos, liquidaciones, contratos administrativos y aportaciones patrimoniales.

La Audiencia de Cuentas de Canarias (ACC), en su misión de velar porque la gestión de los fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias se realice de acuerdo con los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y economía, está llevando a cabo una amplia actividad relacionada con la orientación y asesoramiento de las corporaciones locales en materia de presupuestos, liquidaciones, contratos administrativos y aportaciones patrimoniales, entre otros.

El presidente de la institución, Rafael Díaz, afirma que se está realizando un importante esfuerzo para “avanzar en el desarrollo de una institución más moderna que responda de manera rigurosa y eficaz a las peticiones de información que efectúan los ciudadanos y organismos públicos, para contribuir a garantizar el control de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos”.

En este sentido, la institución está dando respuesta a las consultas formuladas por las Entidades Locales, a través del área de Ayuntamientos de la que es responsable la consejera auditora Elena Hernández, dirigidas a mejorar el desarrollo de la gestión económica y, en consecuencia, cumplir de forma adecuada con la normativa vigente.

Recientemente, la ACC ha respondido a una consulta sobre los posibles efectos de la anulación de los presupuestos municipales una vez haya finalizado la anualidad de dichos presupuestos. En este caso, la Institución concluyó que si el presupuesto no entra en vigor entre el 1 de enero y el 31 de diciembre ese presupuesto no existe y que el proceso de cierre y liquidación del presupuesto se ha de efectuar obligatoriamente a 31 de diciembre.

Por otro lado, la Audiencia también ha dado respuesta a la consulta formulada respecto a la posibilidad de liquidar las vacaciones al personal funcionario interino, explicando que las vacaciones son un derecho del trabajador, irrenunciable y no sustituible por una compensación económica, indicando que, en el caso de funcionarios interinos o del personal laboral que no hayan podido disfrutar de su periodo vacacional por finalizar la relación con la Administración, esta vendría obligada a indemnizarles el derecho devengado.

Del mismo modo, la Institución ha contestado a una cuestión planteada por un ayuntamiento respecto al concepto de aportación patrimonial en el marco de la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, indicándole cual debe ser el procedimiento que han de seguir, incidiendo en la importancia de la consideración de estas aportaciones como si se trataran de un aumento de la participación del ente en la sociedad mercantil.

Estas y el resto de consultas formuladas a la Audiencia de Cuentas de Canarias, así como todos dictámenes emitidos por el órgano de control externo canario, se encuentran disponibles en su página web www.acuentascanarias.org.