La Audiencia de Cuentas de Canarias recuerda a las entidades públicas que el próximo 15 de octubre finaliza el plazo de rendición de su gestión financiera.

La Audiencia de Cuentas de Canarias recuerda a las entidades públicas que el próximo 15 de octubre finaliza el plazo de rendición de su gestión financiera.

El órgano de control externo insiste en que este procedimiento es esencial para mejorar la eficacia y transparencia de la gestión pública y aclara a las entidades que en caso de no cumplir con la ley serán sancionadas.

La Audiencia de Cuentas de Canarias recuerda a las entidades públicas que el próximo 15 de octubre finaliza el plazo el plazo para la rendición de cuentas e insiste en la importancia de cumplir con esta obligación, en tiempo y forma, con el objetivo de seguir ahondando en una mayor eficiencia y transparencia de la gestión de los fondos públicos.

De acuerdo con los datos relativos al ejercicio 2013, que fueron presentados por la Audiencia de Cuentas de Canarias ante el Parlamento de Canarias, un total 47 ayuntamientos, diez consorcios, seis de los siete Cabildos y siete mancomunidades no hicieron efectivo el traslado su cuentas de ese año al órgano de control en el plazo establecido por dicho órgano.

Ante esta situación, el presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, Rafael Díaz, afirma que el control de la situación económica-financiera de las entidades locales resulta un elemento de análisis esencial para la toma de decisiones futuras y supone un paso necesario para dar a conocer a toda la sociedad la gestión desarrollada y exigir, en su caso, las debidas responsabilidades a quienes se han encargado de la gestión de dichos fondos. Además, recuerda a todas las entidades que desde el pasado mes de mayo, la Audiencia de Cuentas de Canarias  puede pedir a la Tesorería de la Comunidad Autónoma la retención del 2% de los pagos a las entidades incumplidoras, después de que el Parlamento de Canarias aprobase modificar la Ley de la Audiencia de Cuentas de Canarias.

En concreto, la Cámara regional acordó incluir el artículo 44 en la normativa, en el que se señala que, en el caso de que las administraciones no faciliten información al órgano de control externo autonómico, “podrán ser requeridas del deber legal de hacerlo”. Además, si producido el requerimiento, en el plazo de quince días no se atiende el mismo, la Audiencia de Cuentas lo pondrá en conocimiento de las Tesorería de la Comunidad Autónoma, que procederá a retener el 2% de los pagos que puedan corresponder a la administración o entidad incumplidora. Cumplida la obligación legal de colaborar, se levantará la retención de pagos”.

En este sentido, el presidente de la ACC, Rafael Díaz, insiste en la necesidad de disponer de toda la documentación requerida dentro del plazo estipulado por el órgano auditor, en aras de mejorar los datos rendición de años anteriores, favoreciendo así la transparencia y la gestión de los fondos públicos.