La Audiencia de Cuentas de Canarias y la Fiscalía del Tribunal de Cuentas mejoran los procedimientos relativos a los indicios de responsabilidad contable
El presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, Rafael Díaz, y el fiscal jefe de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, Olayo González, han suscrito un protocolo que permitirá mejorar la comunicación y coordinación entre ambas instituciones en materia de indicios de responsabilidad contable derivados de los informes que emite el órgano fiscalizador de la Comunidad canaria.
La Audiencia de Cuentas de Canarias, según lo dispuesto en su normativa reguladora, remite al Tribunal de Cuentas todos los informes de fiscalización aprobados por el Pleno, y se pronuncia sobre la existencia o no de hechos indiciarios de responsabilidad contable, que a partir de la firma del protocolo se remitirán también a la Fiscalía de dicho Tribunal.
Este protocolo que acaba de firmarse establece un procedimiento para que, antes de ser remitidas a la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas las actuaciones para la apertura en sede jurisdiccional del proceso correspondiente, la Fiscalía pueda completar la información y aclarar las cuestiones necesarias para determinar la existencia o no de indicios de responsabilidad contable en los informes de fiscalización aprobados por la Audiencia de Cuentas de Canarias y, en consecuencia, evitar la iniciación de actuaciones procesales de manera prematura.
“Se trata de llevar a cabo de una forma más eficaz el proceso, de tal forma que sea posible actuar de forma más rápida, tanto en el caso de que se confirme la existencia de indicios de responsabilidad contable, como en el supuesto contrario, ya que en ambos casos lo mejor para todos los afectados es actuar de la forma más ágil posible”, señala Rafael Díaz.
Según el procedimiento que se ha establecido, la Audiencia de Cuentas de Canarias remitirá todos sus informes definitivos de fiscalización directamente a la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, indicando en el escrito de remisión los hechos que, a su juicio, pudieran ser indiciarios de responsabilidad contable.
Tras analizar el informe remitido, si la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, coincidiendo con la opinión formulada por la Audiencia de Cuentas, entendiese que del mismo no se derivan indicios de responsabilidad contable, procederá a su archivo, lo que comunicará mediante oficio a la Audiencia de Cuentas a la mayor brevedad posible.
Si, por el contrario, y pese a que la Audiencia de Cuentas de Canarias no haya detectado indicios de responsabilidad contable, la Fiscalía del Tribunal de Cuentas tuviera dudas razonables en aspectos relevantes del informe de fiscalización sobre la existencia de indicios de responsabilidad contable en alguna de las actuaciones puestas de relieve en el informe, incoará diligencias preprocesales y pedirá a la Audiencia de Cuentas la información o las aclaraciones pertinentes sobre las cuestiones que pudieran resultar controvertidas.
Si la Fiscalía encontrase satisfactoria la respuesta del órgano fiscalizador canario, procederá al archivo de las diligencias abiertas cuando resultaran desvirtuados los indicios de responsabilidad contable y lo comunicará a la Audiencia de Cuentas.
Por último, si mantuviese que del informe en cuestión pudieran derivar indicios de responsabilidad contable, enviará las actuaciones a la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas y al mismo tiempo remitirá copia de la resolución adoptada al presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias.