La Cámara de Cuentas de Andalucía publica un resumen del Informe de Fiscalización de los gastos de las elecciones al Parlamento de Andalucía 2012.

La Cámara de Cuentas de Andalucía publica un resumen del informe de fiscalización de los gastos electorales de las elecciones al Parlamento de Andalucía 2012

Según disponen los artículos 48 y 49 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, (en adelante LEA), la Cámara de Cuentas de Andalucía ha de pronunciarse sobre la regularidad de las contabilidades electorales de los partidos, coaliciones y agrupaciones de electores que hayan alcanzado los requisitos exigidos para recibir las subvenciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía a que se refiere la LEA o hubieran solicitado un adelanto de las mismas.

La citada norma contempla en su Título VI los gastos y subvenciones electorales, aplicándose supletoriamente Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General (en adelante LOREG).

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en las citadas normas, se han fiscalizado los gastos y subvenciones electorales de las formaciones políticas que se han presentado a las elecciones al Parlamento de Andalucía que tuvieron lugar el día 25 de marzo de 2012 y que han obtenido representación parlamentaria.

Dichas formaciones son:

Partido Popular

Partido Socialista Obrero Español de Andalucía

Izquierda Unida – Los Verdes- Convocatoria por Andalucía

El informe tiene como objetivo pronunciarse sobre la regularidad de las contabilidades electorales presentadas y, en el supuesto de que se hubiesen apreciado irregularidades en dichas contabilidades o violaciones a las restricciones establecidas en materia de ingresos y gastos electorales, proponer la no adjudicación o reducción de la subvención a la formación de que se trate. Si se advirtiesen, además, indicios de conductas constitutivas de delito se pondrían en conocimiento del Ministerio Fiscal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 134.2 de la LOREG.

Las liquidaciones realizadas a las formaciones son las siguientes.

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ASPECTOS MÁS SIGNIFICATIVOS DE LA FISCALIZACIÓN

Las formaciones políticas sujetas a fiscalización han presentado a la Cámara de Cuentas de Andalucía la correspondiente documentación contable dentro del plazo previsto en los artículos 48.1 de la LEA y 133.1 de la LOREG y la misma es acorde con la normativa electoral que le resulta aplicable.

Se han considerado gastos de naturaleza no electoral por importe de 900 euros en el Partido Popular y de 680,40 euros en el Partido Socialista Obrero Español de Andalucía.

Un proveedor obligado a informar a la Cámara de Cuentas de Andalucía de la facturación realizada, por importe de 30.993,75 euros, a Izquierda Unida- Los verdes- Convocatoria por Andalucía, según lo dispuesto en el artículo 133.5 de la LOREG, no ha remitido la documentación a que está obligado.

El artículo 55.3 de la LOREG establece un límite para los gastos de publicidad exterior del 20% de los gatos generales, esto es, 735.761,07 euros. El Partido Popular ha declarado unos gastos de publicidad exterior por importe de 868.404,56 euros, que representan el 23,61% de 3.678.805,34 euros, y que suponen un exceso sobre tal límite de 132.643,49 euros. Por tanto, la justificación en exceso de 132.643,49 euros aportada y rendida por el PP, hay que deducirla de la justificación total para gastos ordinarios.

Aunque se aprecia que todos los pagos del Partido Popular se realizan de los fondos de la cuenta electoral, en una cuantía de 83.136.00 euros se materializaron en efectivo mediante la emisión de talones al portador con cargo a caja sin rebasar el límite de 3.000 euros, a partir del cual las entidades financieras están obligadas a exigir la identificación de la persona que los cobra. Si bien lo expuesto no resulta contrario a lo dispuesto en la norma, tal conducta podría constituir un modo de obviar la transparencia prevista por el legislador en los artículos 125 y 126 de la LOREG, pues con esta forma de pago se dificulta la identidad de los proveedores y el número de los mismos.

PROPUESTA DE SUBVENCIÓN

A tenor de la documentación presentada y tras la fiscalización llevada a cabo, la Cámara de Cuentas de Andalucía realiza la propuesta de subvención a que se refiere el artículo 134.3 de la LOREG, que se expone en el siguiente cuadro:

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Puede acceder al informe completo en www.ccuentas.es