En el marco de sus actuaciones de colaboración y con el objetivo de potenciar el control de la actividad económico-financiera del sector público
REUNIÓN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Y DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL EXTERNO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA COORDINAR LOS PROGRAMAS ANUALES DE FISCALIZACIÓN
El pasado miércoles, 18 de noviembre, tuvo lugar, en la sede del Tribunal de Cuentas, la reunión que semestralmente se celebra entre los presidentes de esta Institución y de los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas (OCEx).
Durante este encuentro, los responsables de las Instituciones de Control Externo han abordado, entre otros asuntos, cuestiones las relacionadas con los programas anuales de fiscalización de los respectivos OCEx, concretamente el relativo al año 2016; así como con la realización de actuaciones conjuntas de fiscalización entre las distintas Instituciones externas que, además de estar encaminadas a potenciar el control de la actividad económico-financiera del sector público, se adapten a los requerimientos de la nueva realidad social.
La colaboración y coordinación entre estas instituciones se materializa, entre otros aspectos, a través de la actuación de diversas comisiones en el ámbito de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales, así como de la firma de acuerdos que aúnan sus esfuerzos para reforzar el control de los fondos públicos con el objetivo de que estos sean utilizados bajo los principios de legalidad, economía y eficiencia.
En este sentido, cabe señalar algunos de los últimos convenios de colaboración firmados entre el Tribunal de Cuentas y las Instituciones de Control Externo, como fueron: el suscrito con la Cámara de Cuentas de Andalucía para la coordinación de la rendición telemática y la remisión de relaciones anuales de contratos de las Entidades Locales y el convenio firmado con la Sindicatura de Cuentas de Cataluña para la implantación de medidas de coordinación de la remisión telemática de la información a la que se refiere el artículo 218.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales – acuerdos adoptados por los responsables de los ayuntamientos y entes locales que sean contrarios a las objeciones formuladas por los interventores-, así como de los acuerdos adoptados por las Entidades Locales con omisión del trámite de fiscalización previa.